Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia (SIPOT)

SIPOT


UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA


UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA

Capítulo II.-De las Obligaciones de Transparencia Comunes
Artículo 95

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan.
Fracción M
Páginas de internet

Los sujetos obligados deberán informar a la comisión cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de internet, con el objeto de que ésta verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.
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